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viernes, 25 de septiembre de 2026

¿Psicólogas o profesionales en Psicología?

 


Una pregunta sobre la igualdad de oportunidades laborales

Hay una práctica que desde hace algún tiempo me llama la atención en las convocatorias laborales dirigidas a profesionales de Psicología en el Perú.

Es frecuente encontrar anuncios que señalan:

“Se solicita psicóloga clínica”.
“Se busca psicóloga”.
“Se requiere psicóloga educativa”.

Lo llamativo no es que utilicen el femenino como tal, sino que, en muchas de estas convocatorias, no aparece la denominación “psicólogo” ni una fórmula neutral como “profesional en Psicología”.

Esto plantea una pregunta que considero legítima: ¿se trata simplemente de una forma de redacción o el uso del femenino está funcionando, en la práctica, como una manera de delimitar quién puede postular?

La pregunta no es menor, porque en el Perú existe una legislación específica que protege la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo.

La Ley N.° 26772 establece que las ofertas de empleo no pueden contener requisitos que constituyan discriminación, anulación o alteración de la igualdad de oportunidades o de trato.

Asimismo, su reglamento, el Decreto Supremo N.° 002-98-TR, establece que no se consideran discriminatorias aquellas diferencias sustentadas en una justificación objetiva y razonable basada en las calificaciones exigidas para el desempeño del empleo.

Más recientemente, la propia SUNAFIL ha sido bastante clara sobre este asunto. En enero de 2025 señaló que en los avisos de empleo no deben incluirse referencias al sexo y que cualquier diferenciación dentro de una convocatoria debe responder a una causa objetiva y razonable relacionada con las características necesarias para el puesto. SUNAFIL también advirtió que los anuncios pueden utilizar determinados sesgos como filtros para impedir la postulación de algunas personas.

Entonces, el problema que planteo no es afirmar que toda institución que escribe “psicóloga” esté necesariamente cometiendo una infracción.

No sabemos eso solamente por leer una palabra.

Pero sí considero legítimo preguntar qué ocurre cuando una institución publica repetidamente una vacante como “psicóloga clínica” y, al mismo tiempo, no permite o no considera la postulación de un psicólogo varón que posee exactamente la misma formación, especialidad y experiencia.

Porque allí ya no estaríamos ante una cuestión meramente gramatical.

Estaríamos ante una posible diferencia de trato basada en el sexo.

Y la pregunta debería hacerse en ambos sentidos.

Si una institución anunciara:

“Se busca psicólogo clínico”

y utilizara esa denominación para excluir a las mujeres, también correspondería cuestionarlo.

Por eso, el planteamiento no debería ser “hay que contratar más psicólogos hombres”. Ese no es el punto.

Tampoco se trata de impedir que una institución termine seleccionando a una psicóloga. Un empleador puede evaluar a sus postulantes y, dentro de un proceso de selección legítimo, elegir a la persona que considere adecuada para el puesto.

El problema aparece cuando el sexo se convierte en una condición previa que limita quién puede acceder a la convocatoria, sin que exista una justificación objetiva y razonable para ello.

En ese sentido, considero pertinente que el Colegio de Psicólogos del Perú examine esta situación.

Sería importante que el Colegio pueda establecer una posición institucional sobre las convocatorias dirigidas a profesionales de Psicología y orientar tanto a los colegiados como a las instituciones empleadoras respecto de la utilización del sexo como criterio de acceso al empleo.

¿Por qué no utilizar simplemente expresiones como:

“Profesional en Psicología Clínica”,
“Licenciado/a en Psicología”
o “Psicólogo/a con especialidad clínica”?

De esa manera, la convocatoria estaría centrada en aquello que realmente debería importar para el ejercicio profesional: la formación, la especialidad, la experiencia y las competencias requeridas para el puesto.

Después, que el empleador evalúe a los postulantes y seleccione a quien considere más adecuado.

Pero la igualdad de oportunidades debería comenzar antes: en la posibilidad de acceder a la convocatoria.

No se trata de favorecer a los psicólogos varones ni de perjudicar a las psicólogas.

Se trata de una pregunta mucho más sencilla:

¿Puede una profesión que es ejercida tanto por hombres como por mujeres ser ofrecida laboralmente como si perteneciera exclusivamente a uno de los dos sexos?

Creo que el Colegio de Psicólogos debería pronunciarse sobre ello.

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